Estas enseñanzas tienen una triple orientación: formativa, orientadora y preparatoria para estudios posteriores.
Se fundamentan en el estudio de una especialidad instrumental o vocal y su finalidad es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad, garantizando al mismo tiempo la cualificación de los futuros profesionales de la música.
Objetivos generales
Las Enseñanzas profesionales de Música tienen como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos y alumnas las capacidades generales y valores cívicos propios del sistema educativo y, además, las capacidades siguientes:
Objetivos específicos
Duración
Las enseñanzas artísticas profesionales de música se organizan en un grado de una duración mínima de seis años.
Currículo
El Gobierno es responsable de fijar los aspectos básicos del currículo, determinando, entre otros aspectos, qué materias deben impartirse y cuántas horas, como mínimo, deben dedicarse a cada una de ellas.
Consultar plan de estudios básico .
Las administraciones educativas de las comunidades autónomas son las responsables de establecer el currículo de las especialidades que se impartan en sus respectivos territorios. Sus currículos deben incluir, en todo caso, los aspectos básicos establecidos en la normativa estatal.
Además de completar el currículo básico, las administraciones educativas pueden añadir asignaturas y determinar en qué curso deben impartirse. Asimismo, en los dos últimos cursos, pueden potenciar distintos perfiles dentro de cada especialidad.
Puedes consultar la normativa que regula las enseñanzas profesionales de Música en la Comunidad Autónoma que te interese aquí
Titulación
Al superar las enseñanzas profesionales de Música, se obtiene el Título Profesional de Música en el que constará la especialidad cursada.
La regulación y organización de la prueba específica es competencia de las comunidades autónomas.
Es posible incorporarse a cualquier curso sin haber cursado los anteriores siempre que se demuestre, mediante una prueba, que se poseen los conocimientos y habilidades para continuar los estudios con aprovechamiento.
Evaluación
La evaluación tiene un carácter continuo e integrador, aunque se realiza de forma diferenciada para cada una de las asignaturas del currículo.
Es llevada a cabo por el conjunto del profesorado de cada estudiante, bajo la coordinación del profesor tutor, actuando de manera integrada, tanto durante el proceso de evaluación como en la adopción de las decisiones que procedan.
Para facilitar la recuperación de las asignaturas con evaluación negativa, los centros organizan pruebas extraordinarias, en el marco que establezcan las administraciones educativas de las comunidades autónomas.
Los profesores evalúan tanto el aprendizaje del alumnado como los procesos de enseñanza.
Promoción
La calificación negativa en tres o más asignaturas de uno o varios cursos impedirá la promoción al curso siguiente.
El alumnado que al término del 6.° curso tuviera pendientes de evaluación positiva tres asignaturas o más deberá repetir el curso en su totalidad. Si la calificación negativa se obtiene en dos asignaturas como máximo, bastará con cursar solo esas asignaturas pendientes.
Permanencia
El límite total de permanencia es de ocho años. Excepto en el caso del 6º curso, no puede permanecerse más de dos años en el mismo curso.
No obstante, excepcionalmente, de acuerdo con lo que establezcan las administraciones educativas de las comunidades autónomas, se podrá ampliar en un año el límite de permanencia en supuestos de enfermedad grave u otras circunstancias que merezcan una consideración similar.