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La ley 1/2024 de 7 de junio, en su artículo 56, sobre el personal de administración y servicios, garantiza que los centros cuenten con el PAS para el desarrollo de sus funciones.
En este sentido, su participación en el programa de movilidad Erasmus+ es acorde con los objetivos del programa. Estas movilidades, que forman parte de la internacionalización del centro, promueven el fortalecimiento y modernización institucional, adquisición de competencias y desarrollo profesional y personal, así como la mejora de la calidad de los servicios . A través de programas como Erasmus+, el PAS puede participar en estancias formativas y de observación en instituciones extranjeras, lo que permite intercambiar buenas prácticas, conocer diferentes formas de organización, crear sinergias y mejorar la práctica diaria.
Información relevante
La movilidad internacional para el Personal de Administración y Servicios en enseñanzas artísticas se oferta tanto en el ámbito superior como en el profesional siempre que se demuestre la vinculación con el centro y la movilidad forme parte del proyecto.
Las modalidades principales son:
La duración y condiciones varían según el programa y el tipo de acción y objetivos que el centro haya decidido emprender para la mejora de su institución. (Las convocatorias se rigen por la Guía Erasmus+ que se publica anualmente y que gestiona el SEPIE en España).
Siguientes pasos recomendados:
Colabora en la preparación de un plan de trabajo sólido donde se analice las necesidades, objetivos y mejora del centro a través de un programa de internacionalización, ya que es fundamental el trabajo en equipo y una solicitud genuina.Salto de línea Atento a los plazos y requisitos que, una vez conseguido un proyecto o la participación en un programa, establezca el centro para poder participar.
[1] Conjuntos de al menos tres organizaciones que presentan solicitudes conjuntas para financiar y organizar la movilidad en el marco de Erasmus+. Facilitan la movilidad para realizar prácticas profesionales, estancias de formación o seguimiento laboral, mejorando la internacionalización de los centros educativos. La entidad coordinadora del consorcio debe poseer una Carta Erasmus de Educación Superior (ECHE) o poseer la Acreditación Erasmus+ en el ámbito correspondiente (formación profesional).