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Accesibilidad

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se ha comprometido a hacer accesible sus sitios web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018BOE, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102Nueva ventana del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.infoartisticas.gob.es, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.

Situación de cumplimiento

En proceso de revisión.

Contenido no accesible

En proceso de revisión.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

En proceso de revisión.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:

  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio webSalto de línea
  • Para estas comunicaciones tiene disponible estos canales de comunicación:

Conforme al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:

  • Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
  • Una solicitud de información accesible relativa a:
    • Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
    • Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Las solicitudes de información accesible y quejas se pueden presentar a través del trámite de Quejas y sugerenciasNueva ventana, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Procedimiento de reclamación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través del trámite de Quejas y sugerenciasNueva ventana del Ministerio, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad responsable de Accesibilidad de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio.

Contenido opcional

En proceso de revisión