Esta web utiliza cookies propias para mantener la sesión y la navegación, y cookies de terceros para diversos fines.

Puede obtener más información vea la Política de cookies.

Registro Estatal de Enseñanzas Artísticas Superiores

La Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, ha previsto por primera vez la creación de este registro.

El Registro Estatal de Enseñanzas Artísticas Superiores (REEAS) tendrá carácter público y en él, a instancias de las administraciones autonómicas competentes, se inscribirán los centros que impartan las enseñanzas artísticas superiores, así como los títulos oficiales de dichas enseñanzas con validez en todo el Estado. Este registro tendrá interoperabilidad con el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) que ya existe para los títulos y centros universitarios.

En cuanto a los planes de estudios, tras su verificación y después de haber obtenido la correspondiente autorización, así como el establecimiento del carácter oficial del título, deberán ser inscrito en el REEAS y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Por otro lado, en cuanto a los centros, además de ajustarse su denominación a la que especifica la LEA, deberán inscribirse en un registro dependiente de la administración educativa competente que, a su vez, deberá dar traslado de los asientos registrales al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para que incorpore esta información al Registro Estatal de Enseñanzas Artísticas Superiores

En el calendario de implantación de la Ley 1/2024, se establece la fecha en la que se establecerá el régimen, la organización y el funcionamiento del Registro Estatal de Enseñanzas Artísticas Superiores, previsto para antes del 30 de septiembre de 2026.